SANTO DOMINGO.- La doctrina jurídica dominicana muestra signos evidentes de división en por lo menos cuatro grandes aspectos relacionados con la reforma constitucional aprobada por la Asamblea Nacional Revisora para permitir al presidente de la República “optar por un segundo período constitucional consecutivo, sin la opción de postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia del país”.
Al sustentar la afirmación, el jurista José Alejandro Ayuso, presidente de la Fundación Equidad, reconoció que desde que inició del proceso de reforma, conoersias de Barahona, cxano. l 2006 la mayorue 4a ciudadna institucie (cerca del 30%), con una inversias de Barahona, c connotados constitucionalistas han expresado interpretaciones divergentes y encontradas sobre el procedimiento de modificación de la carta magna y otros aspectos relacionados con la iniciativa.
Ayuso expuso su consideración durante la apertura del segundo debate jurídico sobre la reforma constitucional que contó con la participación de los juristas Luis Miguel Pereyra, Carlos Salcedo, Francisco Álvarez Valdez, Ramón Emilio Núñez, Olivo Rodríguez Huertas, Luis Vílchez González y Julio Cury.
El evento académico es la continuación del primer panel sobre el tema organizado por la Fundación Equidad el pasado 20 de mayo, donde expusieron los también abogados Emmanuel Esquea Guerrero, Eduardo Jorge Prats, Angel Lockward, Nassef Perdomo, Trajano Vidal Potentini y Cristóbal Rodríguez.
En su condición de coordinador de la actividad, Ayuso explicó que el primer punto de controversia sobre la reforma tiene que ver con el carácter de la ley de iniciativa de la reforma, y si la misma es ordinaria u orgánica en los términos del artículo 112 de la constitución que exige para su aprobación o modificación “del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras”.
De acuerdo al joven abogado y académico, las distintas interpretaciones versan sobre cuatro ejes principales, el primero de los cuales es es el carácter de la ley de iniciativa de la reforma; El segundo es si esta modificación constitucional requiere el procedimiento agravado de reforma que manda el referendo aprobatorio previsto por el artículo 272, que establece una consulta popular a cargo de la Junta Central Electoral.
El tercer elemento en discusión pública es si procede la acción de amparo contra la reforma constitucional, visto como un asunto que refiere al derecho fundamental a elegir y a ser elegible que la Constitución garantiza en sus artículos 68 y siguientes.
El cuarto y último es si el procedimiento de reforma podría ser objeto de control de constitucionalidad por ante el Tribunal Constitucional, a contrapelo del art. 267 de la norma suprema que establece que “no podrá ser suspendida ni anulada por ningún poder o autoridad”, apuntó Ayuso.
“A pesar de que la reforma del art.124 de la Constitución se hizo “en la forma que ella misma indica” según el artículo 267, la doctrina sigue dividida en cuanto a los aspectos antes mencionados. Por lo tanto el debate jurídico se mantiene vigente y, muestra de ello, este segundo debate que reúne a un selecto grupo de juristas, tan prestigiosos y acreditados como los formaron parte del primer panel”, indicó el presidente de la Fundación Equidad.
La moderación del evento estuvo a cargo de la joven abogada y comunicadora Rafide Raful.
Fuente: CICOM